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Calculadora Indemnización por Despido 2026

Estimá tu liquidación final: antigüedad, preaviso, integración del mes, SAC y vacaciones proporcionales.

Calcular Indemnización por Despido

$

La mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año, sin aguinaldo.

Opciones avanzadas
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Si lo dejás vacío, se usa tu sueldo sin tope. Con tope, la base nunca baja del 67% de tu sueldo.

Resultado

Tiempo de trabajo-
Antigüedad (art. 245)$ 0,00
Preaviso $ 0,00
SAC sobre preaviso$ 0,00
Integración mes de despido$ 0,00
SAC sobre integración$ 0,00
Indemnización$ 0,00
Días trabajados del mes$ 0,00
SAC proporcional$ 0,00
Vacaciones no gozadas $ 0,00
SAC sobre vacaciones$ 0,00
Liquidación final$ 0,00
Total a cobrar$ 0,00

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    Historial de Cálculos

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      Estimación según la Ley de Contrato de Trabajo con los cambios de la Ley 27.802 (despidos desde el 6 de marzo de 2026). Los montos son brutos. No incluye multas por trabajo no registrado, intereses ni lo que establezca tu convenio colectivo. Para un reclamo, consultá con un abogado laboralista.

      Cómo usar la Calculadora Indemnización por Despido

      La Calculadora Indemnización por Despido estima todo lo que te deben pagar cuando termina tu relación laboral, con las reglas de la Ley de Contrato de Trabajo vigentes en 2026. Separa la indemnización propiamente dicha de lo que se cobra siempre al terminar el contrato, para que veas qué parte depende del despido y qué parte te corresponde igual. El resultado se actualiza en vivo y podés copiarlo o guardarlo para comparar escenarios.

      1. Escribí tu mejor sueldo bruto mensual del último año, sin aguinaldo ni bonos anuales.
      2. Cargá la fecha de ingreso y la fecha de despido, que viene completada con el día de hoy.
      3. Elegí el motivo del egreso: despido sin causa, fuerza mayor o renuncia.
      4. Indicá si tu empleador te dio preaviso o si te despidió sin aviso previo.
      5. Si tu convenio tiene tope, abrí Opciones avanzadas y cargalo en el campo correspondiente.
      6. Revisá el total en verde y abrí Ver el detalle del cálculo para seguir cada paso.

      Qué significa cada línea del resultado

      El resultado sigue el mismo orden que usa un liquidador de sueldos, por eso podés compararlo línea por línea con lo que te ofrezca tu empleador. Las primeras líneas solo aparecen cuando el despido es sin causa o por fuerza mayor. Las últimas cuatro se cobran siempre, incluso si renunciaste o si estabas en período de prueba.

      Línea

      Qué es

      Antigüedad (art. 245)

      Un sueldo por cada año trabajado o fracción mayor de 3 meses

      Preaviso

      Uno o dos sueldos si no te avisaron el despido con anticipación

      Integración mes de despido

      Los días que faltaban para terminar el mes del despido

      SAC sobre preaviso e integración

      La parte de aguinaldo que generan esos dos conceptos

      Días trabajados del mes

      El sueldo de los días del último mes

      SAC proporcional

      El aguinaldo del semestre en curso

      Vacaciones no gozadas

      Los días de vacaciones del año que no llegaste a tomar

      Cómo calcular la indemnización por despido sin causa

      La indemnización por despido sin causa se arma sumando varios conceptos, y cada uno tiene su propio artículo en la Ley 20.744. El principal es el art. 245, que paga un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres meses. A eso se suman el preaviso, la integración del mes y la liquidación final, que es lo que la herramienta calcula por separado.

      1. Antigüedad: mejor sueldo mensual multiplicado por los años computables.
      2. Preaviso: un mes de sueldo hasta 5 años de antigüedad y dos meses si superás los 5 años.
      3. Integración: el sueldo de los días que faltaban para terminar el mes del despido.
      4. SAC: un doceavo del preaviso, de la integración y de las vacaciones no gozadas.
      5. Liquidación final: días trabajados, aguinaldo proporcional y vacaciones del año.

      ¿Qué es la mejor remuneración mensual, normal y habitual?

      Es el sueldo bruto más alto que cobraste en el último año, contando solo lo que se paga todos los meses. Un concepto es habitual si lo cobraste al menos seis meses en el último año, y los variables se promedian según lo que más te convenga. Desde la Ley 27.802 quedan fuera el aguinaldo, las vacaciones y los premios que no son mensuales.

      ¿Cuándo una fracción de año cuenta como un año entero?

      Cuando pasan más de tres meses desde tu último aniversario laboral, esa fracción se paga como un año completo. Por ejemplo, con 2 años y 4 meses de antigüedad cobrás tres sueldos, pero con 2 años y 3 meses exactos cobrás dos. La indemnización por antigüedad nunca puede ser menor a un mes de sueldo, aunque hayas trabajado menos de un año.

      Indemnización con la nueva ley de modernización laboral

      La Ley 27.802 se publicó el 6 de marzo de 2026 y se aplica a los despidos ocurridos desde esa fecha, aunque el contrato haya empezado antes. La fórmula de un sueldo por año no cambió, pero sí la forma de armar el sueldo base y algunas reglas del período de prueba. Esta tabla resume los cambios que afectan el monto que vas a cobrar.

      Tema

      Qué dice la Ley 27.802

      Base del art. 245

      Sin aguinaldo, vacaciones ni premios no mensuales

      Tope

      Hasta 3 veces el salario promedio del convenio colectivo

      Piso

      La base nunca puede bajar del 67% de tu mejor sueldo

      Mínimo

      Un mes de sueldo, cualquiera sea la antigüedad

      Período de prueba

      Ya no corresponde preaviso si te despiden durante la prueba

      Reingreso

      Si volvés a la empresa después de 2 años, la antigüedad anterior no cuenta

      ¿Está vigente la reforma o la frenó la Justicia?

      Está vigente: un juzgado laboral suspendió 82 artículos el 30 de marzo de 2026, pero la Cámara del Trabajo devolvió su vigencia el 23 de abril. El 8 de mayo, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 12 levantó esa medida cautelar, según el seguimiento de Estudio Vilaplana. La discusión sobre la constitucionalidad sigue abierta, así que conviene revisar novedades antes de iniciar un reclamo.

      ¿Cómo funciona el tope del convenio y el piso del 67%?

      Si tu sueldo supera tres veces el promedio de tu convenio, la base se reduce hasta ese tope, pero nunca por debajo del 67% de tu sueldo real. Con un sueldo de $5.000.000 y un tope de $2.000.000, la base queda en $3.350.000, que es el 67% de tu remuneración. Podés cargar ese tope en Opciones avanzadas, y la herramienta aplica el piso de forma automática.

      Preaviso e integración del mes de despido

      El preaviso es el aviso anticipado que te debe dar tu empleador, y si no te lo da tiene que pagarte una indemnización sustitutiva equivalente. A diferencia del art. 245, el preaviso no tiene tope y se calcula con tu sueldo completo. La integración del mes aparece cuando te despiden sin preaviso en un día que no es el último del mes.

      Antigüedad

      Preaviso que te deben

      En período de prueba

      No corresponde desde el 6 de marzo de 2026

      Hasta 5 años

      1 mes de sueldo

      Más de 5 años

      2 meses de sueldo

      ¿Qué pasa si me despiden en el período de prueba?

      El período de prueba dura 6 meses para quienes ingresaron desde el 9 de julio de 2024, y durante ese plazo no corresponde indemnización por antigüedad. Con la Ley 27.802 tampoco corresponde preaviso ni integración, pero sí cobrás los días trabajados, el aguinaldo proporcional y las vacaciones. Si tu empleo no estaba registrado, el período de prueba no se aplica, y por eso la herramienta incluye esa opción.

      Liquidación final por despido o renuncia

      La liquidación final se paga siempre que termina un contrato, sin importar si te despidieron o si renunciaste. Incluye los días trabajados del último mes, el aguinaldo proporcional del semestre y las vacaciones del año que no llegaste a tomar. Las vacaciones se pagan dividiendo tu sueldo por 25 por cada día, más su parte de aguinaldo.

      Antigüedad al 31 de diciembre

      Días de vacaciones por año

      Menos de 5 años

      14 días

      De 5 a 10 años

      21 días

      De 10 a 20 años

      28 días

      Más de 20 años

      35 días

      Si te despiden antes de fin de año, cobrás la parte proporcional de esos días según el tiempo que trabajaste en el año. Por ejemplo, con 21 días anuales y 161 días trabajados, te corresponden 9,26 días de vacaciones. Si ya tomaste tus vacaciones de ese año, elegí la opción Ya las gocé en la herramienta.

      ¿Cuánto me corresponde de indemnización por años de trabajo?

      Esta tabla muestra la indemnización por despido sin causa para un sueldo de $1.000.000, sin preaviso y con despido el último día del mes. Incluye antigüedad, preaviso y su aguinaldo, pero no la liquidación final, que depende de la fecha exacta. Para saber cuánto te corresponde en tu caso real, cargá tu sueldo y tus fechas en la Calculadora Indemnización por Despido.

      Tiempo trabajado

      Antigüedad

      Preaviso más SAC

      Indemnización

      4 meses (en prueba)

      $0

      $0

      $0

      8 meses

      $1.000.000

      $1.083.333,33

      $2.083.333,33

      2 años

      $2.000.000

      $1.083.333,33

      $3.083.333,33

      3 años

      $3.000.000

      $1.083.333,33

      $4.083.333,33

      5 años

      $5.000.000

      $1.083.333,33

      $6.083.333,33

      6 años

      $6.000.000

      $2.166.666,67

      $8.166.666,67

      10 años

      $10.000.000

      $2.166.666,67

      $12.166.666,67

      Ejemplos resueltos con la calculadora de indemnización

      Estos casos usan las reglas vigentes para despidos desde marzo de 2026, y podés repetirlos en la Calculadora Indemnización por Despido para comprobar cada número. Elegimos situaciones frecuentes: un despido sin preaviso a mitad de mes y un despido durante el período de prueba. Todos los montos son brutos, es decir, antes de aplicar cualquier aporte o descuento del recibo.

      Despido sin preaviso después de 8 años

      Con un sueldo de $1.800.000, ingreso el 15/04/2018 y despido el 10/06/2026, la antigüedad es de 8 años y 1 mes, así que se pagan 8 sueldos. La indemnización suma $14.400.000 de antigüedad, $3.600.000 de preaviso por dos meses y $1.200.000 de integración por 20 días, más $400.000 de aguinaldo. Con la liquidación final de $2.122.832,49, el total a cobrar llega a $21.722.832,49.

      Despido durante el período de prueba

      Con un sueldo de $1.200.000, ingreso el 01/06/2026 y despido el 15/10/2026, el trabajador sigue dentro de los 6 meses de prueba. No corresponden antigüedad, preaviso ni integración, pero sí $580.645,16 por 15 días trabajados, $348.913,04 de aguinaldo proporcional y $273.000 de vacaciones con su aguinaldo. El total de la liquidación final es de $1.202.558,20, el mismo monto que cobraría si hubiera renunciado.

      Plazo de pago, multas e impuesto a las ganancias

      Tu empleador tiene que pagarte todo dentro de los 4 días hábiles posteriores al fin de la relación laboral. Ese plazo surge de los arts. 128 y 255 bis de la Ley de Contrato de Trabajo. Si no lo hace, podés intimarlo por telegrama laboral, que es gratuito para el trabajador. Guardá una copia de cada comunicación, porque te va a servir si después tenés que reclamar.

      ¿Qué pasa si no me pagan la indemnización?

      Si tu empleador no paga después de ser intimado y te obliga a iniciar un juicio, la multa sube la deuda. El art. 2 de la Ley 25.323 eleva un 50% la antigüedad, el preaviso y la integración. La Ley 27.802 no derogó esa multa ni las de la Ley 24.013, según el cuadro del Consejo Profesional de Salta. La herramienta no incluye estas multas, porque dependen de cada reclamo y de lo que resuelva un juez.

      ¿La indemnización paga Ganancias?

      No, la indemnización por antigüedad del art. 245 está excluida del impuesto según el Anexo II de la Resolución General 4003 de ARCA. El preaviso, en cambio, sí paga Ganancias aunque no sea un sueldo, tal como explica Estudio Vilaplana. Si cobrás poco más del piso del impuesto, revisá el resultado con nuestra calculadora de Ganancias.

      Cómo verificamos esta herramienta

      Comparamos los resultados con ejemplos publicados por estudios jurídicos laborales, como el caso de 8 años y $1.800.000 de García Alonso, que da $19.200.000 sin aguinaldo ni liquidación final. Después revisamos 500 casos al azar contra un cálculo independiente, con distintos sueldos, fechas, motivos y topes, y la diferencia máxima fue de un centavo. También probamos los bordes del art. 245, como la fracción de 3 meses exactos y el despido el último día de prueba.

      La Calculadora Indemnización por Despido no reemplaza el consejo de un abogado laboralista, porque tu convenio puede tener reglas propias o mejores. Tampoco calcula multas, intereses ni indemnizaciones agravadas por embarazo, matrimonio o discriminación. Úsala para saber cuánto deberías cobrar antes de firmar o de aceptar una oferta de tu empleador.

      Preguntas frecuentes

      Con un año de antigüedad te corresponde un sueldo por antigüedad, más un mes de preaviso si no te avisaron, más su aguinaldo. Con un sueldo de $1.000.000 eso suma $2.083.333,33, sin contar la integración ni la liquidación final. Lo mismo muestra la calculadora de indemnización si trabajaste 8 meses, porque la fracción mayor de 3 meses cuenta como un año.

      No, la renuncia no genera indemnización por antigüedad ni preaviso a tu favor. Sí cobrás la liquidación final con los días trabajados, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas. Elegí Renuncia en el motivo del egreso y la herramienta calcula solo esos conceptos.

      Es cuando vos das por terminado el contrato porque tu empleador cometió un incumplimiento grave, como no pagarte el sueldo o no registrarte. Antes tenés que intimarlo por telegrama para que corrija la situación, y si no lo hace podés considerarte despedido. En ese caso te corresponde la misma indemnización que en un despido sin causa.

      La Ley 27.802 permite pagar en cuotas las sentencias judiciales, hasta 6 cuotas o hasta 12 en el caso de las pymes, según La Gaceta. En octubre de 2026 un juez federal suspendió por tres meses el artículo que habilita esas cuotas, según informó Litigio. La indemnización que se paga al momento del despido sigue debiendo pagarse completa dentro del plazo legal.

      Las acciones por créditos laborales prescriben a los 2 años, según el art. 256 de la Ley de Contrato de Trabajo. El plazo corre desde que cada crédito se volvió exigible, en general desde la fecha del despido. Si pensás reclamar, no esperes al último momento, porque en muchas jurisdicciones antes del juicio hay una instancia de conciliación obligatoria.

      El art. 178 de la Ley de Contrato de Trabajo presume que el despido es por embarazo si ocurre cerca del parto. Ese plazo abarca los siete meses y medio anteriores o posteriores, siempre que hayas notificado el embarazo. En ese caso corresponde una indemnización especial de un año de remuneraciones, que se suma a la del art. 245. La herramienta no calcula este agravante, así que te conviene consultar con un abogado laboralista.

      Es un fondo creado por la Ley 27.802 en el que los empleadores ahorran todos los meses para pagar futuras indemnizaciones. Según el Decreto 408/2026, comienza a funcionar el 1 de noviembre de 2026, con aportes del 1% de la nómina para grandes empresas y del 2,5% para pymes. El fondo no cambia lo que vos cobrás, y si no alcanza, el empleador paga la diferencia.

      No, el personal de casas particulares y los trabajadores de la construcción tienen regímenes propios con reglas distintas de indemnización. La herramienta aplica la Ley de Contrato de Trabajo, que cubre a la mayoría de los empleados en relación de dependencia del sector privado. Si tu actividad tiene un estatuto especial, revisá esas normas antes de usar el resultado.

      Fuentes

      • Estudio Vilaplana: qué cambia en las indemnizaciones con la Ley 27.802
      • Estudio Vilaplana: levantan la cautelar de la CGT
      • Estudio Vilaplana: el preaviso laboral en Argentina
      • García Alonso: indemnización en la Ley 27.802 paso a paso
      • Raskovsky & Asociados: art. 245 con la Ley 27.802
      • Consejo Profesional de Salta: cuadro comparativo de la reforma laboral
      • iProfesional: Ganancias e indemnizaciones por despido
      • La Gaceta: indemnizaciones con la reforma laboral
      • Litigio: cautelar sobre el pago de sentencias en cuotas

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